lunes, 10 de agosto de 2015

MESTEROS Y CORRALES

Mesteros

Los mesteros arrendaban los egidos de la villa para alimentar sus rebaños. Los mesteros y ganaderos eran generalmente familias acomodadas y con frecuencia presbíteros beneficiados de la parroquia, los cuales incrementaban sus rebaños con las aportaciones de los diezmos. Cuando un mestero no tenía suficientes reses para completar un rebaño, podía "arrebañar" (meter en su rebaño) ovejas o carneros cobrando una renta por cada cabeza. Las marcas eran primordiales para sacar de apuros cuando por cualquier causa se juntaban dos rebaños y se mezclaban las reses.
Los mesteros, además, estaban presentes en el regimiento de la villa, bien como alcaldes o regidores, o bien haciendo parte de las juntas de la veintena constituidas a final del siglo XVIII. Poseían tierras de labor, por lo que también eran agricultores.
Tenían para su organización un alcalde de mesta que entendía en los conflictos que surgían del aprovechamiento de hierbas, aguas y facerías, aplicando en estas últimas las concordias o convenios que recogían las leyes establecidas en las juntas anuales con los pueblos limítrofes, la granja de Imas y la casa de Legarda, éstas dos situadas en Mendavia pero pertenecientes al monasterio de Irache. Juan Ramón de Ibarra fue Alcalde de Mesta por un año desde Todos los Santos de 1789 (Ibarra fue teniente de alcalde en 1791).
Entre los reglamentos de la Mesta estaba la obligación de concurrir a las juntas. Como regla general, había prohibición expresa de sacar el ganado a pastar si había llovido y el terreno estaba blando. En tal caso debían esperar un par de días a salir con el ganado, a no ser que en el pueblo hubiera llovido y no así en el término donde se hallare el ganado menudo. Estaba expresamente prohibido pastar al ganado forastero. En 1765 son multados los dueños de unos toros forasteros en 14 reales, 32 mrs. por pastar en las yerbas de los Sotos.
También se hacían trampas, intentando saltarse los reglamentos. En 1774 es denunciado el vecino Mathías Irigoien por introducir cuatro bueyes forasteros, con engaño a Juan Francisco Martínez, pastor de la bueyería concejil, diciéndole que eran de la vecina Magdalena González, que los había traído de Estella para trabajar con ellos y si tenía ocasión para venderlos.
A finales de siglo XVIII algunas situaciones no están claramente establecidas por lo que deben acudir a consultas con abogados. En particular ocurre con unos bueyes que conducían víveres para los Ejércitos y se introducen a pastar (1795). Y con unos toros y novillos del Monasterio de Irache (1797-1798). Se consulta a los abogados de los tribunales reales Francisco Solano, de Lerín, y Juan Josef Pagola.

Las cañadas ganaderas

Las cañadas son vías pecuarias que enlazan territorios con recursos en pastos distintos y complementarios, principalmente recorrida por ganados trashumantes. Las de Navarra tienen su origen y explicación en la diversidad bioclimática provincial, con inviernos húmedos y precipitaciones nivales en el Pirineo, más secos en la Ribera, y con veranos de altas temperaturas en las tierras llanas del Sur y frescos en la Montaña. Conjugando ambos factores fue posible que el ganado pudiera pastar al aire libre durante el año, en los pastizales de la Ribera durante el invierno, cuando la nieve cubría los montes, y en las sierras de la Navarra Media y Montaña durante el verano.
Un estudio, publicado a principios de siglo XX, fijó las cañadas reales en siete, enlazadas entre sí por una densa red de traviesas y ramales; de ellas, la de Imas-Irache une las tierras llanas de la Ribera mendaviesa con las sierras vascocántabras de Urbasa y Andía, y otra recorre la Depresión del Ebro entre Logroño y Ejea de los Caballeros, pasando por las cercanías de Mendavia, los Montes de Cierzo y las Bardenas Reales. Interesa aquí la Cañada de Imas a Irache, que iba desde Imas hacia el Norte por Arróniz, hasta el pie de Montejurra y la sierra de Andía. Era utilizada por los rebaños del monasterio de Irache y los mesteros para trasladarse a Imas, y regresar. Alcanzaba una longitud aproximada de 31,7 km.

Arriendos de egidos y transhumancia

En las condiciones de arrendamiento de los mesteros de Mendavia se especificaba claramente dónde empezaban y acababan los pastos, y dónde podían gozarlos cuando la ganadería subiera a la montaña.  Era  lo más correcto que cada mestero tuviera su escritura de arriendo. Así estaba regulado: El mestero que quiera echar ganado deberá presentarse ante el Alcalde de Mesta desde el día de San Juan hasta el de San Miguel para que se le dé su suerte. En 1754 en el auto de arrendamiento se dice que en cada egido sólo podrán entrar a gozar con 600 cabezas, 50 más o menos. El arriendo concluye el 24 de junio y comienza desde Todos los Santos hasta el día de San Pedro, y dicho día se desocuparán los pastos so pena de dos reses de día y cuatro de noche.  Que para Todos los Santos las hierbas eran para el disfrute de los mesteros por costumbre no estaba tan claro, pues se discute en 1790 ante los Tribunales Reales. A un ganadero le prendaron su rebaño el 2 de noviembre y dijo que ni la villa tiene derecho por auto ni expediente a prohibirle pastar. No obstante las dudas, el licenciado Francisco Solano de los tribunales reales y vecino de Lerín le dio la razón al mestero (1790). Se hace observar que cualquier vecino puede tener libremente y sin pagar, seis cabezas de cabrío y si pasa, pagar a la mesta dos reales de cada una.
El guarda Miguel Romero denunció al pastor Antonio Alegría en 1 ducado por pastar con su rebaño de Baloria, en yerbas de Beraza. Alegría defiende su derecho a pasto desde Santa Cruz de Mayo, hasta San Pedro. El Alcalde le exige presentar la escritura (1799).

Hierbas de verano

Cuando llegaba la época de dejar las hierbas libres, cada año desde el día 4 de julio hasta San Lucas, 18 de octubre, ocho días más o menos, se reservaban unas hierbas de verano para las reses que por ser viejas o impedidas no podían hacer el camino a Urbasa. Estas reses debían declararse formalmente.
Si no se hacía así, las medidas eran radicales. Los guardas de hierbas Antonio Sádaba y Lorenzo Las Peñas hallan pasturando un rebaño en Plana Hermosa, lo sacan y sancionan carnerearon una res, se degolló y picó en la carnicería y peso 6 libras que se vendieron a 24 mrs. la libra que se repartieron con arreglo a la costumbre (14-09-1764). En 28 de agosto se remató una oveja que se cogió a Pedro Antonio Fernández de Piérola, vecino de Lazagurría, en el término de Baloria, por pastar con su ganado menudo, y quedó rematada como en el mejor postor en 14 reales por Benito Balerio, vecino de ésta villa, con candela y bandos (1788).
En 1773 se hicieron prendamientos de rebaños de Los Arcos introducidos en las facerías de ambas villas fuera de fecha. En ocasiones acudieron a Juntas con los pueblos limítrofes o a los tribunales para determinar el derecho excepcional a pastar en el tiempo de verano. El Regidor recuerda en una audiencia de 1784 que los mesteros no tienen derecho a introducir otro ganado que el que introducen al tiempo de hacer el reconocimiento (las reses viejas o impedidas declaradas como tal) y no pueden bajar de la Montaña reses hasta el día de San Miguel.
Los mesteros de Mendavia se desplazaban buscando hierbas para sus ganados. Se conserva una demanda de Domingo de Valmaseda, de Oncala, contra Juan José de Osinaga, de Mendavia, por arriendo de hierbas y aguas en Galarreta (Salvatierra  - Álava, 1788-1789).

El derecho a leña


El derecho a la leña fue otro asunto que ocasionó grandes disturbios entre ganaderos y vecinos. De modo que se intentó regularlo. En 1702 establecen que la Mesta para acubillar su ganado menudo, pueda hacer leña en los términos y puestos acostumbrados como son la Salceda del Soto de Arriba y en la del Soto de Abajo, debajo la Peña, orillas del Río Mayor hasta la Presa de la Vega y todas las orillas de Ebro, desde la Barranca de Baldegón hasta Soto Cruz, y si no hubiese en esta Villa más de seis egidos no puedan hacer en el monte de ella si no es 600 gavillas y si hubiese más rebaños pueda hacer cada uno 200 gavillas entendiéndose esto tan solamente los egidos que estuvieren de la parte del Río Cascajo hacia el monte y el rebaño que llegare a 400 cabezas, pueda hacer 120 gavillas y el que haga más tenga pena de medio real por cada gavilla. Sin embargo, los conflictos por la leña continuaron, por lo que se buscó la solución con el establecimiento de corrales del ayuntamiento.

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