Mesteros
Los mesteros arrendaban los egidos de la
villa para alimentar sus rebaños. Los mesteros y ganaderos eran generalmente
familias acomodadas y con frecuencia presbíteros beneficiados de la parroquia,
los cuales incrementaban sus rebaños con las aportaciones de los diezmos.
Cuando un mestero no tenía suficientes reses para completar un rebaño, podía
"arrebañar" (meter en su rebaño) ovejas o carneros cobrando una renta
por cada cabeza. Las marcas eran primordiales para sacar de apuros cuando por
cualquier causa se juntaban dos rebaños y se mezclaban las reses.
Los mesteros, además, estaban presentes
en el regimiento de la villa, bien como alcaldes o regidores, o bien haciendo
parte de las juntas de la veintena constituidas a final del siglo XVIII.
Poseían tierras de labor, por lo que también eran agricultores.
Tenían para su organización un alcalde
de mesta que entendía en los conflictos que surgían del aprovechamiento de
hierbas, aguas y facerías, aplicando en estas últimas las concordias o
convenios que recogían las leyes establecidas en las juntas anuales con los
pueblos limítrofes, la granja de Imas y la casa de Legarda, éstas dos situadas
en Mendavia pero pertenecientes al monasterio de Irache. Juan Ramón de Ibarra
fue Alcalde de Mesta por un año desde Todos los Santos de 1789 (Ibarra fue
teniente de alcalde en 1791).
Entre los reglamentos de la Mesta estaba
la obligación de concurrir a las juntas. Como regla general, había prohibición
expresa de sacar el ganado a pastar si había llovido y el terreno estaba
blando. En tal caso debían esperar un par de días a salir con el ganado, a no
ser que en el pueblo hubiera llovido y no así en el término donde se hallare el
ganado menudo. Estaba expresamente prohibido pastar al
ganado forastero. En 1765 son multados los dueños de unos toros forasteros en
14 reales, 32 mrs. por pastar en las yerbas de los Sotos.
También se hacían trampas, intentando saltarse los
reglamentos. En 1774 es denunciado el vecino Mathías Irigoien por introducir
cuatro bueyes forasteros, con engaño a Juan Francisco Martínez, pastor de la
bueyería concejil, diciéndole que eran de la vecina Magdalena González, que los
había traído de Estella para trabajar con ellos y si tenía ocasión para
venderlos.
A finales de siglo XVIII algunas situaciones no
están claramente establecidas por lo que deben acudir a consultas con abogados.
En particular ocurre con unos bueyes que conducían víveres para los Ejércitos y
se introducen a pastar (1795). Y con unos toros y novillos del Monasterio de
Irache (1797-1798). Se consulta a los abogados de los tribunales reales
Francisco Solano, de Lerín, y Juan Josef Pagola.
Las cañadas ganaderas
Las cañadas son vías pecuarias que enlazan
territorios con recursos en pastos distintos y complementarios, principalmente
recorrida por ganados trashumantes. Las de Navarra tienen su origen y
explicación en la diversidad bioclimática provincial, con inviernos húmedos y
precipitaciones nivales en el Pirineo, más secos en la Ribera, y con veranos de
altas temperaturas en las tierras llanas del Sur y frescos en la Montaña.
Conjugando ambos factores fue posible que el ganado pudiera pastar al aire
libre durante el año, en los pastizales de la Ribera durante el invierno,
cuando la nieve cubría los montes, y en las sierras de la Navarra Media y
Montaña durante el verano.
Un estudio, publicado a principios de siglo XX, fijó
las cañadas reales en siete, enlazadas entre sí por una densa red de traviesas
y ramales; de ellas, la de Imas-Irache une las tierras llanas de la Ribera
mendaviesa con las sierras vascocántabras de Urbasa y Andía, y otra recorre la
Depresión del Ebro entre Logroño y Ejea de los Caballeros, pasando por las
cercanías de Mendavia, los Montes de Cierzo y las Bardenas Reales. Interesa
aquí la Cañada de Imas a Irache, que iba desde Imas hacia el Norte por Arróniz,
hasta el pie de Montejurra y la sierra de Andía. Era utilizada por los rebaños
del monasterio de Irache y los mesteros para trasladarse a Imas, y regresar.
Alcanzaba una longitud aproximada de 31,7 km.
Arriendos de egidos y transhumancia
En las condiciones de arrendamiento de
los mesteros de Mendavia se especificaba claramente dónde empezaban y acababan
los pastos, y dónde podían gozarlos cuando la ganadería subiera a la
montaña. Era lo más correcto que cada mestero tuviera su
escritura de arriendo. Así estaba regulado: El mestero que quiera echar ganado
deberá presentarse ante el Alcalde de Mesta desde el día de San Juan hasta el
de San Miguel para que se le dé su suerte. En 1754 en el auto de arrendamiento
se dice que en cada egido sólo podrán entrar a gozar con 600 cabezas, 50 más o
menos. El arriendo concluye el 24 de junio y comienza desde Todos los Santos
hasta el día de San Pedro, y dicho día se desocuparán los pastos so pena de dos
reses de día y cuatro de noche. Que para
Todos los Santos las hierbas eran para el disfrute de los mesteros por
costumbre no estaba tan claro, pues se discute en 1790 ante los Tribunales
Reales. A un ganadero le prendaron su rebaño el 2 de noviembre y dijo que ni la
villa tiene derecho por auto ni expediente a prohibirle pastar. No obstante las
dudas, el licenciado Francisco Solano de los tribunales reales y vecino de
Lerín le dio la razón al mestero (1790). Se hace observar que cualquier vecino
puede tener libremente y sin pagar, seis cabezas de cabrío y si pasa, pagar a
la mesta dos reales de cada una.
El guarda Miguel Romero denunció al
pastor Antonio Alegría en 1 ducado por pastar con su rebaño de Baloria, en
yerbas de Beraza. Alegría defiende su derecho a pasto desde Santa Cruz de Mayo,
hasta San Pedro. El Alcalde le exige presentar la escritura (1799).
Hierbas de verano
Cuando llegaba la época de dejar las
hierbas libres, cada año desde el día 4 de julio hasta San Lucas, 18 de
octubre, ocho días más o menos, se reservaban unas hierbas de verano para las
reses que por ser viejas o impedidas no podían hacer el camino a Urbasa. Estas
reses debían declararse formalmente.
Si no se hacía así, las medidas eran
radicales. Los guardas de hierbas Antonio Sádaba y Lorenzo Las Peñas hallan
pasturando un rebaño en Plana Hermosa, lo sacan y sancionan carnerearon una
res, se degolló y picó en la carnicería y peso 6 libras que se vendieron a 24
mrs. la libra que se repartieron con arreglo a la costumbre (14-09-1764). En 28
de agosto se remató una oveja que se cogió a Pedro Antonio Fernández de
Piérola, vecino de Lazagurría, en el término de Baloria, por pastar con su
ganado menudo, y quedó rematada como en el mejor postor en 14 reales por Benito
Balerio, vecino de ésta villa, con candela y bandos (1788).
En 1773 se hicieron prendamientos de
rebaños de Los Arcos introducidos en las facerías de ambas villas fuera de
fecha. En ocasiones acudieron a Juntas con los pueblos limítrofes o a los
tribunales para determinar el derecho excepcional a pastar en el tiempo de
verano. El Regidor recuerda en una audiencia de 1784 que los mesteros no tienen
derecho a introducir otro ganado que el que introducen al tiempo de hacer el
reconocimiento (las reses viejas o impedidas declaradas como tal) y no pueden
bajar de la Montaña reses hasta el día de San Miguel.
Los mesteros de Mendavia se desplazaban
buscando hierbas para sus ganados. Se conserva una demanda de Domingo de
Valmaseda, de Oncala, contra Juan José de Osinaga, de Mendavia, por arriendo de
hierbas y aguas en Galarreta (Salvatierra - Álava, 1788-1789).
El derecho a leña
El derecho a la leña fue otro asunto que
ocasionó grandes disturbios entre ganaderos y vecinos. De modo que se intentó
regularlo. En 1702 establecen que la Mesta para acubillar su ganado menudo,
pueda hacer leña en los términos y puestos acostumbrados como son la Salceda del
Soto de Arriba y en la del Soto de Abajo, debajo la Peña, orillas del Río Mayor
hasta la Presa de la Vega y todas las orillas de Ebro, desde la Barranca de
Baldegón hasta Soto Cruz, y si no hubiese en esta Villa más de seis egidos no
puedan hacer en el monte de ella si no es 600 gavillas y si hubiese más rebaños
pueda hacer cada uno 200 gavillas entendiéndose esto tan solamente los egidos
que estuvieren de la parte del Río Cascajo hacia el monte y el rebaño que
llegare a 400 cabezas, pueda hacer 120 gavillas y el que haga más tenga pena de
medio real por cada gavilla. Sin embargo, los conflictos por la leña
continuaron, por lo que se buscó la solución con el establecimiento de corrales
del ayuntamiento.
No hay comentarios:
Publicar un comentario